Argentina - Hay seis acuerdos en la mira
La Justicia investiga posibles maniobras fraudulentas en la figura del APE. Buscan determinar si se cometieron fraudes por la creación de créditos ficticios
En momentos en que está siendo cuestionada en la Justicia la constitucionalidad de la figura del Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE), la fiscal general de la Cámara Comercial, Alejandra Gils Carbó, presentó una denuncia penal que busca determinar si existe una asociación ilícita destinada a cometer fraudes mediante la creación de créditos ficticios a través de este tipo de acuerdos.
La denuncia está radicada en el Juzgado de Instrucción N° 2, a cargo del juez Manuel Gorostiaga, y da cuenta de diversos hechos que podrían encuadrar en los tipos penales de estafa, estafa procesal, asociación ilícita y desbaratamiento de derechos de terceros previstas en los artículos 172, 173, incisos 6°, 8° y 11 del Código Penal.
El disparador de la investigación es el APE al que llegó la empresa Romi SRL con sus acreedores. Dicho acuerdo fue homologado judicialmente en primera instancia (Juzgado Comercial Nº 18, Secretaría 35) y aunque fue cuestionado por uno de los acreedores y la propia Gils Carbó, la sala B le dio el visto bueno en octubre último.
Sin embargo, el caso "Romi" no sería el único en la mira.
Modus operandi
La Justicia investiga posibles maniobras fraudulentas en la figura del APE. Buscan determinar si se cometieron fraudes por la creación de créditos ficticios
En momentos en que está siendo cuestionada en la Justicia la constitucionalidad de la figura del Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE), la fiscal general de la Cámara Comercial, Alejandra Gils Carbó, presentó una denuncia penal que busca determinar si existe una asociación ilícita destinada a cometer fraudes mediante la creación de créditos ficticios a través de este tipo de acuerdos.
La denuncia está radicada en el Juzgado de Instrucción N° 2, a cargo del juez Manuel Gorostiaga, y da cuenta de diversos hechos que podrían encuadrar en los tipos penales de estafa, estafa procesal, asociación ilícita y desbaratamiento de derechos de terceros previstas en los artículos 172, 173, incisos 6°, 8° y 11 del Código Penal.
El disparador de la investigación es el APE al que llegó la empresa Romi SRL con sus acreedores. Dicho acuerdo fue homologado judicialmente en primera instancia (Juzgado Comercial Nº 18, Secretaría 35) y aunque fue cuestionado por uno de los acreedores y la propia Gils Carbó, la sala B le dio el visto bueno en octubre último.
Sin embargo, el caso "Romi" no sería el único en la mira.
Modus operandi
El modus operandi habría consistido en incrementar el número y derechos de voto, introduciendo acreedores ficticios – que aparecen repetidos en los seis casos cuestionados - cuyos créditos no estarían suficientemente documentados ni respaldados pero que una vez reconocidos podían votar en desmedro de los acreedores reales.
Así, se habrían denunciado acreedores dando la conformidad al acuerdo, en algunos casos sin exhibir documentación respaldatoria.
Según la denuncia, esos hechos no aparecen aislados, sino que se caracterizan por una unidad intelectual y metodológica, reiterándose los créditos simulados en distintos expedientes, con un mismo fin: defraudar a los acreedores reales.
La reiteración de la maniobra a favor de diferentes sujetos, aparentemente no vinculados entre sí por su actividad ni económicamente, hace suponer que se trataría de una asociación ilícita que podrían haber ofrecido a diversas empresas un medio para aniquilar pasivos y liberarse parcialmente de sus deudas, "de manera antijurídica y fraudulenta".
Es decir, se habría utilizado la cobertura legal del acuerdo preventivo extrajudicial para obtener mayorías ficticias y lograr quitas y esperas en el pago de deudas reales de empresas con problemas financieros.
Texto Completo
Así, se habrían denunciado acreedores dando la conformidad al acuerdo, en algunos casos sin exhibir documentación respaldatoria.
Según la denuncia, esos hechos no aparecen aislados, sino que se caracterizan por una unidad intelectual y metodológica, reiterándose los créditos simulados en distintos expedientes, con un mismo fin: defraudar a los acreedores reales.
La reiteración de la maniobra a favor de diferentes sujetos, aparentemente no vinculados entre sí por su actividad ni económicamente, hace suponer que se trataría de una asociación ilícita que podrían haber ofrecido a diversas empresas un medio para aniquilar pasivos y liberarse parcialmente de sus deudas, "de manera antijurídica y fraudulenta".
Es decir, se habría utilizado la cobertura legal del acuerdo preventivo extrajudicial para obtener mayorías ficticias y lograr quitas y esperas en el pago de deudas reales de empresas con problemas financieros.
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