"& alias vidi tractatum de fideiussoribus seu assecurationibus, Petro Santerna, Lusitano, Iureconsulto clarissimo autore", Benvenuto Stracca in "De mercatura decisiones, et tractatus varii, et de rebus ad eam pertinentibus in quibus omnium Authorum", 1556. /// Blogue dedicado ao 'Grande Direito Comercial', i.e., ao Direito dos Mercados e das Empresas // Bitácora dedicada al 'Gran Derecho Comercial/Mercantil', i.e., al Derecho de los Mercados y de las Empresas.

vineri, ianuarie 20, 2006

Desarrollo reglamentario de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva

Las Instituciones de Inversión Colectiva ya fueron objeto en España de una importante reforma legislativa gracias a la promulgación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre. Sin embargo, el desarrollo normativo de esta disposición legal data de fechas muy recientes; concretamente, la aprobación de su Reglamento es fruto del Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre.
No debemos olvidar que la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva, fue un importante hito en este sector, al derogar una normativa con casi veinte años de vigencia, la Ley 46/1984, de 26 de diciembre. Se acometía, finalmente, la modernización de este sector, dotándole de flexibilidad para que las estructuras de inversión colectiva puedan adaptarse a los cambios que demanda el mercado.

El texto íntegro del artículo se encuentra en Santerna Extenso.

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