"& alias vidi tractatum de fideiussoribus seu assecurationibus, Petro Santerna, Lusitano, Iureconsulto clarissimo autore", Benvenuto Stracca in "De mercatura decisiones, et tractatus varii, et de rebus ad eam pertinentibus in quibus omnium Authorum", 1556. /// Blogue dedicado ao 'Grande Direito Comercial', i.e., ao Direito dos Mercados e das Empresas // Bitácora dedicada al 'Gran Derecho Comercial/Mercantil', i.e., al Derecho de los Mercados y de las Empresas.

marți, august 15, 2006

La Cámara en lo Civil y Comercial Federal rechazó la demanda de un tenedor de Bonos en Euros (click aqui)

.:Argentina:.
Jurisprudencia Nacional La Cámara en lo Civil y Comercial Federal rechazó la demanda de un bonista italiano, residente de la ciudad de Roma, tenedor de Bonos República Argentina en Euros. El fallo consideró que el perjuicio del inversor de riesgo que ha decidido no participar de la Oferta de Canje no es escindible de su propia conducta discrecional, situación que obsta a la responsabilidad del Estado Nacional. Inaplicabilidad del art. 1º del decreto 471/02. Emergencia económica. Pesificación. Reestructuración de la deuda pública. No aceptación del canje. Inexistencia de responsabilidad del Estado Nacional "Di Nicolo Pietro c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ sumarísimo" -
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Otros temas de interes:
Falsa información
La Cámara Nacional en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia recurrida al considerar que el Banco Francés actuó con dolo en al brindar información falsa sobre el estado de solvencia de una empresa constructora. Así, ante la quiebra de la compañía, condenó a la entidad crediticia a afrontar en el acto, el 25 % del monto de la deuda reclamada.
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Aconsejan medidas frente al nuevo régimen antitrust
Para Ricardo Muñoz de Toro, no es prudente plantear la incompetencia de Comercio Interior y forzar a la CNDC a emitir el acto administrativo en cuestión. Existe una antigua polémica, que ya fue discutida en la jurisprudencia ("Credit Suisse First Boston", en 2004) acerca de cuál es la autoridad de aplicación en materia de defensa de la competencia.

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