"& alias vidi tractatum de fideiussoribus seu assecurationibus, Petro Santerna, Lusitano, Iureconsulto clarissimo autore", Benvenuto Stracca in "De mercatura decisiones, et tractatus varii, et de rebus ad eam pertinentibus in quibus omnium Authorum", 1556. /// Blogue dedicado ao 'Grande Direito Comercial', i.e., ao Direito dos Mercados e das Empresas // Bitácora dedicada al 'Gran Derecho Comercial/Mercantil', i.e., al Derecho de los Mercados y de las Empresas.

luni, noiembrie 13, 2006

::El Poder Ejecutivo le pone más condiciones a las prepagas::

El bloque kirchnerista de la Cámara Baja tiene la intención de aprobar, el proyecto de ley que establece un marco regulatorio para las empresas de medicina prepaga, que obligará a las firmas a solicitar el visto bueno de la autoridad de aplicación, antes de disponer cualquier aumento de cuotas de los servicios que prestan. El texto tiene como algunos de los puntos principales los siguientes:
  • Tiene por objeto establecer la regulación de las empresas o entidades de medicina prepaga.
  • Quedan incluidos por la norma los Agentes del Seguro de la Salud (ASS) contemplados en las leyes 23.660 y 23.661, que comercialicen sistemas de adhesión voluntaria.
  • La autoridad de aplicación de la norma será una comisión conformada por la Superintendencia de Servicios de Salud y la autoridad de aplicación de la ley 24.240 (Secretaría de Comercio Interior) en lo que respecta a la relación de consumo.
  • Las cuotas mensuales y sus modificaciones deben ser aprobadas por la Comisión Permanente la que debe establecer las variables correspondientes a las estructuras de costos y sus variaciones cuantitativas según planes y programas.
  • El usuario que hubiera pertenecido a una empresa de medicina prepaga por contratación grupal o corporativa y hubiera cesado su vínculo con la empresa que realizó el contrato con la entidad de medicina prepaga, debe ser admitido, si lo solicita, en alguno de los planes de esa prepaga reconociéndose la antigüedad.

Otros temas de interes:
Los deudores hipotecarios tienen una nueva ley La Cámara de Diputados aprobó la norma que establece el pago de 1,83 pesos por cada dólar debido. Además, suspende todas las ejecuciones y desalojos. Para el senador Jorge Capitanich es una ley de carácter interpretativa, aclaratoria y retroactiva en los términos del artículo 2 del Código Civil, que establece la obligatoriedad de las leyes. En 2003, otra ley intentó solucionar el problema que hasta hoy sigue vigente. Ley Completa

La Ciudad de Buenos Aires ahora tiene su propia ley de amparo
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó por unanimidad la “ley de amparo”, que reglamenta el procedimiento a seguir para la tramitación de esa acción judicial en el territorio de la ciudad.

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