.: Argentina:.
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto una sentencia del Tribunal Superior de Río Negro que impuso a las empresas concesionarias de servicios telefónicos en esa provincia la obligación de ofrecer la facturación detallada de los consumos realizados por el usuario, a partir de una ley local que fijó esas exigencias a las compañías
En un fallo dividido, el máximo tribunal consideró que las provincias no tienen facultad para regular un servicio previsto por una ley nacional, por lo que en el caso la Legislatura local se arrogó potestades que le competen al Congreso de la Nación.
Esta sentencia cobra relevancia en el ambito empresarial porque es un antecedente judicial para las empresas que prestan un servicio público regulado por una ley federal frente a reclamos iniciados por asociaciones de usuarios, como ocurrió en este caso, o por consumidores particulares. Y así, las compañías podrán invocar la inconstitucionalidad de las leyes provinciales que, aún basándose en la protección de los consumidores, contrarían normativas nacionales.
Esta sentencia cobra relevancia en el ambito empresarial porque es un antecedente judicial para las empresas que prestan un servicio público regulado por una ley federal frente a reclamos iniciados por asociaciones de usuarios, como ocurrió en este caso, o por consumidores particulares. Y así, las compañías podrán invocar la inconstitucionalidad de las leyes provinciales que, aún basándose en la protección de los consumidores, contrarían normativas nacionales.
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