En relación con la protección de los consumidores y usuarios en España, es preciso referirnos a las mejoras introducidas recientemente en este campo por la Ley 44/2006, de 29 de diciembre (BOE 30 diciembre).
La presente Ley tiene por objeto introducir ciertas modificaciones en nuestra legislación sobre defensa de consumidores con dos objetivos muy claros. Uno de ellos es el de incorporar una serie de mejoras en la protección de los consumidores que en el momento presente se han calificado como necesarias. Y, el otro, es el dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 9 de septiembre de 2004 (Asunto C-70/2003), en la que se declaró que España había incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
La presente Ley tiene por objeto introducir ciertas modificaciones en nuestra legislación sobre defensa de consumidores con dos objetivos muy claros. Uno de ellos es el de incorporar una serie de mejoras en la protección de los consumidores que en el momento presente se han calificado como necesarias. Y, el otro, es el dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 9 de septiembre de 2004 (Asunto C-70/2003), en la que se declaró que España había incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
El comentario íntegro de esta norma puede encontrarse en Santerna Extenso.
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