A julio del 2006, de 490 medidas correctivas aprobadas por la Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi, el sector inmobiliario concentraba el 11% del total. Del mismo modo, de los 2.817 procedimientos efectuados por dicha entidad, el mismo sector ocupaba el tercer lugar con el 7%, respecto de la cantidad de denuncias presentadas.
La norma propuesta establece que sea el INDECOPI, a través de la Comisión de Protección al Consumidor (CPC), la entidad encargada de la Central de Información de Riesgos y que a través de ella se recopile, procese y difunda información de los antecedentes y evolución empresarial de las empresas dedicadas la construcción de obras civiles, con indicación de sus accionistas, la frecuencia y calidad de las transacciones comerciales que realiza, además de las sanciones impuestas. Se establece también que los gobiernos locales deberán remitir la relación de empresas que hayan sido multadas por construir sin respetar los parámetros urbanísticos vigentes.
¿Y por qué no mejor optimizar el Portal de Información de Expedientes de la CPC, haciéndolo más amigable al consumidor, de manera que él mismo pueda encontrar si la empresa con la que va contratar ya ha sido previamente denunciada? ¿O por qué no se hacen las coordinaciones necesarias para crear un Portal de Información Inmobiliario similar al que ya hoy existe para los médicos, las farmacias y los medicamentos? Se puede incluso, sin necesidad de una Ley, solicitar que el INDECOPI publique en los medios de comunicación escritos un listado de las empresas constructoras o inmobiliarias más denunciadas o sancionadas, así como en tiempos pasados publicaba la lista de Aerolíneas que no cumplían con sus itinerarios de vuelo. La creación de una Central de Información de Riesgos parece, así como lo presenta el actual Proyecto de Ley, una alternativa de solución más onerosa y más lenta de implementar.
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