"& alias vidi tractatum de fideiussoribus seu assecurationibus, Petro Santerna, Lusitano, Iureconsulto clarissimo autore", Benvenuto Stracca in "De mercatura decisiones, et tractatus varii, et de rebus ad eam pertinentibus in quibus omnium Authorum", 1556. /// Blogue dedicado ao 'Grande Direito Comercial', i.e., ao Direito dos Mercados e das Empresas // Bitácora dedicada al 'Gran Derecho Comercial/Mercantil', i.e., al Derecho de los Mercados y de las Empresas.

miercuri, septembrie 17, 2008

:: El Banco Nación apelará embargo dictado en Nueva York por Griesa ::

.:Argentina:.

La entidad rechazó los argumentos esgrimidos por los fondos de inversión en la causa que llevan adelante contra el default declarado por la Argentina

El Banco de la Nación Argentina (BNA) rechazó los argumentos esgrimidos por los fondos de inversión, que lograron trabar un embargo sobre recursos de la entidad depositados en los Estados Unidos, en el marco de la causa judicial que están llevando adelante contra el default declarado por la Argentina.
"El BNA considera que los argumentos esgrimidos por dichos fondos de inversión en sustente de su pretensión resultan tendenciosos y confusos y sostiene que no se ajustan a la normativa que regula el objeto y actividad financiera que despliega el Banco", dijo la entidad en un comunicado de prensa.
BNA afirmó que "tal decisión no estaría involucrando recursos del Estado argentino sino aquellos que resultan de la actividad comercial y de intermediación financiera normal y habitual de esta entidad bancaria". El viernes el juez Thomas Griesa embargó u$s72 millones del BNA depositados en la sucursal de Nueva York a partir de una demanda entablada por los denominados "fondos buitres"
Elliot y Dart, según publica la agencia DyN. "Como expresión genuina de su autonomía presupuestaria, el Banco tiene un patrimonio propio que no integra el presupuesto general de la Nación y su rol es preservarlo gestionándolo con profesionalidad", añadió el comunicado. BNA ratificó que "tiene personalidad jurídica propia, diferenciada del Estado Nacional, no integrando en sector público nacional". En consecuencia concluyó que "por esa razón el Banco no puede ser perjudicado por la pretensión judicial que ha derivado en el embargo".

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