Sin perjuicio de la decisión final del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE), que en muchas ocasiones falla en sentido contrario a lo que le ha sugerido el Abogado General, nos parece oportuno subrayar aquí las Conclusiones de la Abogado General Verica Trstenjak en el asunto C-319/05, “Comisión/Alemania”.
En dichas Conclusiones, Verica Trstenjak propone al TJCE que declare que Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben según los artículos 28 CE y 30 CE, al imponer la clasificación de medicamento a un producto a base de ajo en cápsulas que no cumple la definición de medicamento establecida en la legislación comunitaria aplicable (Directiva 2001/83/CE).
.Sin duda alguna, esta opinión no sólo parece acertada, sino que servirá también para clarificar lo que ocurre en esa zona gris de confusión que subsiste entre las definiciones de alimento y medicamento.
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