"& alias vidi tractatum de fideiussoribus seu assecurationibus, Petro Santerna, Lusitano, Iureconsulto clarissimo autore", Benvenuto Stracca in "De mercatura decisiones, et tractatus varii, et de rebus ad eam pertinentibus in quibus omnium Authorum", 1556. /// Blogue dedicado ao 'Grande Direito Comercial', i.e., ao Direito dos Mercados e das Empresas // Bitácora dedicada al 'Gran Derecho Comercial/Mercantil', i.e., al Derecho de los Mercados y de las Empresas.

duminică, iulie 18, 2010

Indemnización dolarizada

-.Argentina.-

La filial argentina de una reconocida multinacional debió cerrar tras declararse en quiebra. Los ejecutivos de la firma, que percibían su salario en moneda extranjera y cuyos contratos contenían cláusulas especiales, reclamaron un resarcimiento tras ser despedidos. Cómo llegó a ese monto la Justicia.
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La Justicia decide fijar una condena y aplicarle una suerte de actualización.

Quizás por estos motivos, y
para no estar sujetos al criterio que pudieran adoptar los magistrados, los altos ejecutivos suelen negociar cláusulas contractuales especiales
en caso de desvinculación; ya sea garantizando cierta estabilidad por una determinada cantidad de años o bien, asegurándose de cobrar un monto adicional si la ruptura del vínculo laboral ocurriera antes de un plazo acordado.
Adicionalmente, los ejecutivos también podrían cerrar los términos de su contratación
pactando salarios en dólares
, especialmente cuando prestan servicios para filiales locales de casas matrices en el exterior.
Una nueva sentencia viene a dar respuesta a qué podría suceder y hasta sorprende a los expertos consultados por este medio. Por primera vez, la Justicia del Trabajo
condenó al pago “dolarizado”
de indemnizaciones especiales, previstas en contratos individuales, pactadas en moneda extranjera antes de que se pusiera fin a la convertibilidad.
El fallo sienta un importante antecedente para los miles de convenios acordados antes de la salida del uno a uno que aún siguen vigentes y también llama la atención de los empresarios porque deja en claro que si una cláusula contractual posee un contenido más ventajoso que las previsiones de orden público, prevalece sobre la tarifa indemnizatoria por despido de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), señalaron los especialistas consultados respecto de la causa “De Torres, Jorge O. y otro c/ Recol Networks S.A.”. En este caso, se ordenó calcular la indemnización de los directivos despedidos -tras la quiebra de la filial argentina de una compañía española- en los términos de $1,40 por dólar, más el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), sumado a los intereses a Tasa Activa. Como resultado, la Justicia fijó la condena por indemnización más intereses en la “módica” suma de $3.000.000.
Para ver el fallo completo, haga click aquí

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